El fallo recuerda además que la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema ya habían avalado previamente la colocación del dispositivo. En uno de los párrafos del fallo, el magistrado señaló que la ley no exige demostrar un peligro concreto de evasión para imponer el monitoreo electrónico.
“La ley no condiciona su implementación a la previa acreditación de un peligro concreto de evasión en cada caso particular”, afirmó. Y agregó que el simple paso del tiempo tampoco habilita su retiro. “No establece un cese automático de la medida ni consagra una presunción a favor de su levantamiento por el mero paso del tiempo”, citó el tribunal de un fallo previo de Casación.
Tampoco habrá cambios en las visitas
La ex mandataria también había pedido eliminar el régimen especial de visitas o, al menos, volver al esquema original que regía cuando comenzó la prisión domiciliaria. El tribunal rechazó ese planteo al considerar que las restricciones fueron revisadas y confirmadas en reiteradas oportunidades por instancias superiores.
Según el juez, el hecho de que Cristina Kirchner haya cumplido correctamente las reglas de conducta no alcanza para modificar el sistema actual. “El adecuado cumplimiento observado durante la ejecución de la pena constituye un elemento esencial de la decisión favorable a la continuidad de la modalidad domiciliaria”, sostuvo.
Pero aclaró que ese comportamiento “dista de configurar, por sí solo, una circunstancia novedosa o sobreviniente” que justifique eliminar las restricciones. El fallo insiste en que las limitaciones no tienen una finalidad punitiva adicional sino que buscan garantizar el control de la ejecución de la pena y preservar la convivencia con los vecinos.
Las reglas vigentes, sostuvo el magistrado, son “instrumentos razonables de organización y supervisión orientados a asegurar el adecuado cumplimiento de la pena”.
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El fallo descartó adoptar medidas por las movilizaciones y concentraciones de militantes frente a San José 1111.
Camila Alonso Suarez
La terraza con horarios limitados
Otro de los reclamos rechazados fue el referido al uso de la terraza del edificio donde reside la expresidenta. Actualmente, Cristina Kirchner puede utilizar ese espacio una vez por día, entre las 6 y las 20 horas y por un máximo de dos horas. La defensa pretendía que esas limitaciones fueran eliminadas.
El tribunal respondió que la autorización para usar la terraza fue concedida posteriormente y por cuestiones de salud, y que las condiciones actuales permiten cumplir adecuadamente esa finalidad.
“Fernández de Kirchner conserva la posibilidad de acceder diariamente a un espacio abierto apto para el desarrollo de actividades físicas y recreativas”, indicó la resolución. Al mismo tiempo, justificó los límites horarios por la necesidad de proteger “la tranquilidad del vecindario” y “la convivencia pacífica entre vecinos”.
Sin sanciones por las concentraciones frente a su domicilio
El fallo también descartó adoptar medidas por las movilizaciones y concentraciones de militantes registradas en las inmediaciones de la vivienda de Cristina Kirchner. El fiscal Sergio Mola había formulado observaciones sobre esos episodios, pero el juez entendió que no existen elementos para atribuir a la expresidenta incumplimientos de las reglas impuestas.
Según destacó, los organismos encargados de supervisar la ejecución de la pena no detectaron conductas incompatibles con las condiciones de la prisión domiciliaria. El Tribunal Oral Federal 2 resolvió “mantener en todos sus términos las reglas de conducta actualmente vigentes”.